Clínica de Reumatología y Peritaje Médico en Córdoba
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¿Conocías los diferentes grados de INCAPACIDAD PERMANENTE?
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
Se define como Incapacidad Permanente Parcial a aquellas situaciones en las que el trabajador puede seguir trabajando en el mismo puesto de trabajo que ocupa, pero lo hace con unas dificultades que le hacen disminuir su rendimiento. Por otro lado, con el mismo proceso de vejez (sobre todo acompañado de enfermedades crónicas) se puede llegar a la situación indicada y, podría darse el caso, por ello, que muchos trabajadores pudieran reclamar este grado de incapacidad solamente por haber perdido la agilidad, la fuerza o parte de las funciones intelectuales como consecuencia del proceso natural de envejecimiento.
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
Un trabajador será considerado como incapaz permanente total cuando su estado físico y psíquico permanente le impida, o limite de forma importante, el rendimiento laboral.
En estos casos, el perito médico debe estudiar las enfermedades crónicas o las secuelas que padece el trabajador, así como las actividades fundamentales del puesto de trabajo, para determinar los requisitos físicos y/o psíquicos necesarios para desempeñar su labor y comparar ambas situaciones para determinar si su rendimiento laboral puede verse anulado o disminuido por estas causas.
INCAPACIDAD ABSULUTA
Un trabajador será considerado como incapacidad absoluta cuando su estado físico y psíquico permanente le impida, o limite de forma importante, el rendimiento laboral en cualquier tipo de trabajo.
GRAN INVALIDEZ
Un trabajador es un gran inválido cuando, para realizar las actividades más elementales de su vida (sobre todo, el desplazamiento, el aseo, la manutención y el vestirse), necesita que una persona lo ayude por las dificultades que tiene de poder hacerlo él mismo.